La Junta tiene previsto aprobar mañana martes, 10 de enero, en Consejo de Gobierno, el decreto a través del cual se regulará la situación de miles de edificaciones construidas en suelo no urbanizable en el conjunto de la comunidad autónoma, según han indicado fuentes del Gobierno andaluz.
Esta aprobación se efectuará una vez superados los numerosos trámites previos necesarios y emitidos los preceptivos informes. Así, la Junta de Andalucía lleva trabajando en la elaboración de ese documento "desde hace casi un año", y ha sido objeto de sucesivos informes, entre ellos del gabinete jurídico de la Junta y del Consejo Consultivo".
El decreto de regularización permitirá dar solución a decenas de miles de viviendas irregulares en toda Andalucía, especialmente en zonas como la comarca almeriense del Almanzora o la Axarquía malagueña, lugares en los que se han inventariado más de 25.000 construcciones fuera de ordenación en suelo no urbanizable.
Ya la consejera de Obras Públicas y Vivienda, Josefina Cruz Villalón, destacó que con este decreto se pretende "clarificar" la situación en la que se encuentra el "volumen muy alto" de ese tipo de construcciones que existe en la comunidad autónoma.
La consejera ya explicó que el decreto distinguirá, a grandes rasgos, tres supuestos: las edificaciones aisladas, los asentamientos urbanísticos (parcelaciones con entidad suficiente como para necesitar dotaciones y servicios colectivos) y los denominados ámbitos de Hábitat Rural Diseminado (edificaciones con usos y actividades vinculadas al medio rural que también requieren de servicios públicos).
Respecto a las viviendas aisladas, el decreto diferenciará las que son legales o legalizables de las que son ilegales. En el caso de estas últimas, se hará una distinción entre aquellas en las que ha prescrito la posibilidad de ejercer acciones disciplinarias y otras en las que no puede darse esta circunstancia por ubicarse en suelos protegidos o inundables.
La norma dará así una respuesta diferenciada a cada situación, de manera que, según los casos, las viviendas puedan obtener una licencia de ocupación o un reconocimiento que les permita mantener su estado actual y acceder a servicios como los de luz y agua, al menos en régimen de autoabastecimiento pero manteniendo la condición de edificación en suelo no urbanizable.
Para los asentamientos urbanísticos y los ámbitos de Hábitat Rural Diseminado, el decreto establecerá las condiciones y procedimientos de legalización a través del planeamiento urbanístico municipal y siempre que los propietarios asuman los costes de urbanización e infraestructuras básicas.
La titular de Obras Públicas y Vivienda ha subrayado que no se trata de una norma de punto final ni supone una regularización indiscriminada, sino una medida que permitirá reconocer las distintas situaciones para dotar a las construcciones de un régimen urbanístico acorde y siempre en el marco de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.
La futura norma se complementa con el apoyo que presta la Junta a los ayuntamientos para la redacción de sus instrumentos de planeamiento y para el ejercicio de las competencias municipales en materia de disciplina urbanística. En este sentido, la Junta ha firmado acuerdos con ayuntamientos de las ocho provincias andaluzas para colaborar en la elaboración de inventarios de las edificaciones existentes en suelo no urbanizable y para la realización de los correspondientes planes municipales de inspección. FENOMENO "COMPLEJO"
Ya anteriormente, la consejera ha apuntado que las edificaciones construidas en suelo no urbanizable son "un fenómeno complejo, con una amplia casuística y con situaciones jurídicas muy diferentes, que no se resuelven en el corto plazo y que requiere de un fuerte compromiso de los ayuntamientos con este modelo", además de "un gran esfuerzo de gestión unido a la voluntad política y mayor entendimiento con los vecinos afectados".
La consejera ha explicado que el decreto en elaboración tipifica las distintas situaciones de las edificaciones en suelo no urbanizable, en función de su ubicación y características físicas, su adecuación al ordenamiento urbanístico y su situación jurídica de cada una de esas edificaciones.
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